Ciudad de México, 22 de agosto de 2024.-
La Secretaría General entrega los documentos de identificación personal a los primeros 90 parlamentarios electos.
La Secretaría General de la Cámara de Diputados llevó a cabo el proceso de credencialización de 87 diputadas y diputados electos que, junto con tres que se registraron el martes, suman 90 legisladores integrantes de la LXVI Legislatura (2024-2027), que entrará en funciones el próximo 1 de septiembre.
De las 90 diputadas y diputados que han asistido al Palacio Legislativo de San Lázaro para recibir su credencial de identificación y acceso a la sesión constitutiva del 29 de agosto, 51 son mujeres y 39 hombres.
El procedimiento de este día comenzó a las 10:00 horas, en la planta baja del edificio “C”, con la inscripción de las y los representantes de mayoría relativa del grupo parlamentario de Morena, y terminó a las 18:00 horas. Este miércoles se tenía programada la asistencia de 160 diputadas y diputados.
De acuerdo con la convocatoria emitida por la Secretaría General, las fechas asignadas para las diputadas y los diputados electos son:
Del grupo parlamentario de Morena deberán asistir mañana jueves 22 y el viernes 23 de agosto.
Del grupo parlamentario del Partido del Trabajo (PT), el jueves 22, y del Partido Acción Nacional (PAN), el viernes 23.
En tanto, las y los integrantes del Partido Revolucionario Institucional (PRI), el lunes 26. Del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Movimiento Ciudadano (MC) y una diputada independiente, el martes 27.
El miércoles 28, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México (PVEM).
Por lo que corresponde a las diputadas y los diputados electos por el principio de representación proporcional, las fechas establecidas son:
El sábado 24, el domingo 25 y el lunes 26 de agosto deberán presentarse las y los integrantes de Morena.
Del PAN harán lo propio el domingo 25, y del PT y PRI, el lunes 26.
El martes 27 están convocados las y los integrantes de MC y el miércoles 28 del PVEM. Este último día también está señalado para la atención de asuntos por resoluciones jurisdiccionales.
Todo el procedimiento de registro y credencialización de las y los parlamentarios federales electos se efectúa conforme al artículo 14 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.