Ciudad de México, 7 de abril de 2023.-
La violación de dicha de disposición se sancionará con multa de hasta dos mil veces la UMA.
La diputada Dionicia Vázquez García (PT) propone reformar la Ley General de Salud.
Con el propósito de prohibir la venta o suministro de bebidas energéticas a menores de 18 años, la diputada Dionicia Vázquez García (PT) planteó modificar los artículos 215, 216 Bis y 419 de la Ley General de Salud y establecer que la violación de dicha disposición se sancionará con multa de hasta dos mil veces la Unidad de Medida y Actualización.
Las reformas precisan que sólo se podrá exceptuar dicha prohibición cuando menores de 18 años, en casos excepcionales, previa autorización por escrito de uno de sus padres o tutor y siempre que se trate de situaciones en las que se requiera una dosis de energía adicional, como en el caso de deportistas en competiciones o de alta exigencia física.
También se incluye la definición de bebida energética como “cualquier líquido que contenga estimulantes como la cafeína, taurina, tiamina u otros ingredientes que se comercialicen con la finalidad de aumentar temporalmente el nivel de energía, el estado de alerta y la capacidad de rendimiento físico o mental en las personas”.
La exposición de motivos de la iniciativa, turnada a la Comisión de Salud, señala que el consumo de bebidas energéticas en niñas, niños y adolescentes es considerado inapropiado por los expertos, debido a los estimulantes que contienen.
Menciona que, de acuerdo con investigaciones, el consumo frecuente de estas bebidas puede afectar negativamente el equilibrio adecuado de carbohidratos, grasas y proteínas necesarias para un óptimo crecimiento, desarrollo y salud. Por ello, es importante concientizar sobre los riesgos asociados al consumo de bebidas energéticas en los menores de 18 años y promover una alimentación y estilo de vida saludables para su bienestar general.
El documento refiere que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha advertido que el consumo excesivo de bebidas energéticas está asociado a sobredosis de cafeína, diabetes tipo 2, problemas durante el embarazo, efectos neurológicos y cardiovasculares en niños y adolescentes, dependencia, mala salud dental y obesidad.
Asimismo, la OMS recomienda a los gobiernos introducir las siguientes políticas regulatorias: un límite sobre la cantidad de cafeína que puede llevar una bebida, una restricción sobre su venta a niños y adolescentes, educar a quienes ofrecen cuidados médicos en torno a la intoxicación, dependencia y síndrome de abstinencia de cafeína y regular la publicidad de bebidas energizantes.
Resalta que en México no se cuenta con medidas suficientes para proteger a los menores de 18 años con relación al consumo, venta y distribución de bebidas energéticas. Esto ha llevado a un consumo excesivo de productos que contienen aditivos y estimulantes, lo que representa un grave riesgo para la salud de este sector poblacional.
Ante ello, es importante implementar medidas de regulación y control para proteger la salud y bienestar de las niñas, niños y adolescentes y con la iniciativa se pretende establecer la prohibición de la venta de bebidas energéticas a menores con el objetivo de proteger su salud y bienestar, evitando que consuman productos que tengan efectos negativos en su organismo.